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CTE DB SUA 4: iluminación mínima en zonas de circulación de uso general

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Hola María.

Tengo esta duda de la parte de años anteriores, por si me la pudieras resolver:

ARQUITECTO Promoción interna Año:2025

  1. La iluminación mínima en zonas de circulación de uso general será de:
  2. a) 50 lux.
  3. b) 100 lux.
  4. c) 20 lux

Respuesta correcta: C

¿Por qué no todas las respuestas son válidas? Por lo que yo entiendo, zona de circulación de edificios es tanto interiores como exteriores, las cuales todas pueden ser de uso general.

Revisando el CTE DB SUA 4:

En el OBJETO se indica que: 12.4. Exigencia básica SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada: Se limitará el riesgo de daños a las personas como consecuencia de una iluminación inadecuada en zonas de circulación de los edificios, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal.

En el SUA 4.1 Alumbrado normal en zonas de circulación

1 En cada zona se dispondrá una instalación de alumbrado capaz de proporcionar, una iluminancia mínima de 20 lux en zonas exteriores y de 100 lux en zonas interiores, excepto aparcamientos interiores en donde será de 50 lux, medida a nivel del suelo.

Muchas gracias

Eva



   
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Hola Eva,

En este caso, me inclino a pensar que la respuesta C es la única correcta porque si hablamos de mínimos absolutos, 20 lux es la cifra menor. Pero tienes razón, no parece bien formulada. 



   
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