Tema 48 Autoconsumo
Buenos días,
Podías ponerme un ejemplo del siguiente caso:
«En ningún caso un sujeto consumidor podrá estar asociado de forma simultánea a más de una de las modalidades de autoconsumo con la única excepción de un autoconsumo individual sin excedentes combinado con un autoconsumo mediante instalaciones próximas y asociadas a través de la red«
Gracias.
Buenas tardes Sergio,
Un ejemplo de esta excepción es, por ejemplo, un comercio que tiene una instalación fotovoltaica en su tejado de potencia 5 kW en la modalidad autoconsumo individual sin excedentes (no vierte a red) y además en su barrio existe un instalación fotovoltaica comunitaria en la modalidad de autoconsumo colectivo de 30 kW. El comercio se adhiere a ese consumo colectivo al que se le asigna un coeficiente de reparto (ejemplo: un 10% de lo que produce esa instalación).
Si el comercio consume 8 kW , autoconsumirá de su propia instalación 5 kW y de la colectiva 3 kW , no consumiendo en este caso de la red eléctrica.
La excepción se ha incluido para este tipo de casos, en los que la propia instalación no cubre las necesidades de consumo y puede coger lo que le falta de un autoconsumo colectivo próximo y a través de la red.
Si necesitas más aclaración me lo dices y disculpar la demora que estaba de vacaciones.
Un saludo
